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 Entra en vigor la Ley que impulsa el alquiler y la eficiencia energética de los edificios  

El pasado día 24 de diciembre entró en vigor la Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y eficiencia energética de los edificios. Esta norma, fruto del consenso parlamentario, mejora la “seguridad jurídica” para los propietarios que ponen en alquiler sus viviendas “sin que se menoscaben los derechos de los inquilinos de buena fe”, tal como ha expresado la ministra de Vivienda, Beatriz Corredor.

Según destaca la ministra, el fundamento de la nueva ley radica en la necesidad de impulsar definitivamente un amplio mercado del alquiler en nuestro país. “La existencia de un gran número de viviendas desocupadas es contradictorio e inaceptable dadas las necesidades de una parte importante de la población. Pero para que estas viviendas se ofrezcan en alquiler, es absolutamente necesario establecer un marco de seguridad jurídica más eficiente, de forma que sus propietarios tengan garantías de que van a cobrar las rentas impagadas y en un plazo razonable de tiempo”, asegura Corredor.

La norma modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil, para impulsar el desarrollo del mercado del alquiler, y la Ley de Propiedad Horizontal, para facilitar acciones que mejoren la eficiencia energética de los edificios.

Por lo que respecta a la Ley de Arrendamientos Urbanos, la nueva norma amplía los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. Al supuesto en el que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se añade ahora la posibilidad de que la requiera para sus hijos, sus padres y su pareja en el caso de sentencia judicial firme de divorcio o nulidad matrimonial. Paralelamente, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que todas estas circunstancias deberán constar expresamente en el contrato de arrendamiento.

Los cambios introducidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil están encaminados a facilitar que los arrendadores puedan recuperar su vivienda de modo rápido y sencillo en caso de incumplimientos graves del pago del alquiler, sin que esto menoscabe los derechos de los inquilinos. En este sentido, la supresión de trámites y la reducción de plazos en los procedimientos impiden que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales. Adicionalmente, se cuenta con mecanismos más eficaces para la agilización de los procesos que incrementarán la confianza de las partes, lo que contribuirá a la reducción de precios y a evitar la exigencia de garantías excesivas (avales y fianzas).

La ministra asegura que la norma supone un “paso adelante” en la política del Gobierno de fomentar el arrendamiento y permitirá ampliar el mercado de alquiler, mejorando la oferta con viviendas de mayor calidad y precios más competitivos. “Creemos que de esta forma habrá muchos más propietarios que están dispuestos a poner con total seguridad sus viviendas en alquiler”, sostiene Corredor.

Mejoras de la eficiencia energética de los edificios

La reforma de la Ley de Propiedad Horizontal modula las mayorías necesarias para que las comunidades de propietarios adopten acuerdos para la mejora de la eficiencia energética e hídrica de los inmuebles. Asimismo, y con el objeto de potenciar y favorecer el transporte sostenible, se facilita la instalación en el aparcamiento del edificio de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubicara en una plaza individual de garaje.

Fuente: Ministerio de Vivienda.

   
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